Volver

imprimir     

actas  

ACTA N° 001/2005
RESOLUCIONES DE LA REUNIÓN DE LA JUNTA NACIONAL DE DROGAS

Articulación e Instrumentación de las Políticas Públicas en Materia de Drogas

Junta Nacional de Drogas
Secretaría Nacional de Drogas
Ministerio del Interior
Ministerio de Salud Pública
Ministerio de Relaciones Exteriores
Ministerio de Educación y Cultura
Ministerio de Economía y Finanzas
Ministerio de Defensa Nacional
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
Ministerio de Desarrollo Social

Montevideo, 15 de Abril de 2005
Sala de Ministros – Edificio Libertad


ACTA N° 001/2005

En Montevideo, a los quince días del mes de abril del año dos mil cinco, se reúnen los integrantes de la Junta Nacional de Drogas, en la Sala de Ministros del Edificio Libertad.

Asisten a la reunión la Junta Nacional de Drogas, con domicilio en el Edificio Libertad, Av. Luis Alberto de Herrera 3350 piso 7, representada por el Prosecretario de la Presidencia de la República, Lic. Jorge Vázquez; el Ministerio del Interior, con domicilio en Mercedes 993, representado por el Sr. Subsecretario, Dr. Juan Faroppa; el Ministerio de Salud Pública, con domicilio en Av. 18 de Julio 1892, representado por el Sr. Subsecretario, Dr. Miguel Fernández Galeano; el Ministerio de Relaciones Exteriores, con domicilio en Colonia 1206, representado por la Sra. Subsecretaria, Prof. Belela Herrera; el Ministerio de Educación y Cultura, con domicilio en Reconquista 535, representado por el Sr. Subsecretario, Dr. Felipe Michelini; el Ministerio de Economía y Finanzas, con domicilio en Colonia 1089 piso 3, representado por el Sr. Subsecretario, Ec. Mario Bergara; el Ministerio de Defensa, con domicilio en Av. 8 de Octubre 2628, representado por el Sr. Subsecretario, Dr. José A. Bayardi; el Ministerio de Desarrollo Social, con domicilio en Uruguay 948, representado por la Subsecretaria Prof. Ana Olivera y el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, con domicilio en Juncal 1511, representado por el Sr. Subsecretario, Dr. Jorge Bruni.

 

Visto

I) En los Considerados del Decreto No. 170/000, de 7 de junio de 2000 se expresa la necesidad de coordinar en forma eficiente los esfuerzos que el país lleva adelante en la lucha contra el consumo problemático de Drogas, tanto a través del Estado como desde la sociedad civil, lo cual requiere de la formulación de una política pública de Estado.

II) El Art. 3º. Del Decreto 463/998 de 13 de julio de 1988, en la redacción dada por el Art. 2º. Del Decreto No. 170/000, de 7 de junio de 2000, establece que son competencias de la Junta Nacional de Drogas, entre otras:

a) La instrumentación de las directivas relacionadas con la fijación de la política nacional en materia de drogas, dirigida a la prevención del consumo problemático y tratamiento de la adicción a las drogas y a la represión del tráfico de drogas y precursores químicos, lavado de dinero y delitos conexos, la que será ejecutada por los organismos con atribuciones específicas en las respectivas materias, de acuerdo a las disposiciones legales y reglamentarias;

b) La supervisión y evaluación de la ejecución de los planes y programas que se establezcan de conformidad a las políticas referidas en el literal precedente;

 

Considerando

I) Que en ese marco, se considera indispensable que los ministerios que integran la Junta Nacional de Drogas, formulen estrategias comunes consensuadas para la articulación e instrumentación de las políticas públicas en materia de drogas.

II) Que se establezca una coordinación de acciones para la prevención del consumo problemático y tratamiento de la adicción a las drogas y a la represión del tráfico de drogas y precursores químicos, lavado de dinero y delitos conexos.

III) Que las acciones que se establezcan en este sentido, señalan la necesidad de "Coordinación y concentración entre la sociedad civil y los gobiernos nacionales y departamentales", ya que ninguna estrategia puede ser efectiva si no se desarrolla a nivel nacional, con la mayor cobertura geográfica del país. Por tal motivo se le otorga un rol fundamental a la estrategia de descentralización, motivando a la ejecución de las acciones directas en los Departamentos, bajo la directiva de la Junta Nacional de Drogas.

IV) Que las acciones inmediatas se articularan con el Plan de Emergencia Social y del Plan de Emergencia de la Salud, atendiendo las demandas comunitarias que se registran, tomando medidas que impliquen contención, prevención unida a una acción de promoción de salud que refuerce las redes ya existentes y se extiendan a partir de un trabajo conjunto de los organismos públicos, comunitarios, no gubernamentales y universitarios en interacción con la comunidad.

 

LOS INTEGRANTES DE LA JUNTA NACIONAL DE DROGAS ACUERDAN POR UNANIMIDAD:

I) Las acciones de la JND constituyen una acción integral de las políticas sociales, y se enmarcan en la estrategia política contra la exclusión social, al rescate de los sectores sociales más vulnerables, desplegando todas las herramientas para promocionar una convivencia donde tengan la oportunidad de ser sujetos de derecho, ciudadanos libres y autónomos, capaces de participar activamente en la vida de esta sociedad. Las acciones estarán enmarcadas en el respeto de los derechos humanos y las responsabilidades indeclinables del Estado.

II) En el plano de acción inmediato el énfasis fundamental estará puesto en la prevención y acción en y desde el ámbito comunitario, privilegiando el primer nivel de atención, teniendo en cuenta, que ya hay líneas en desarrollo para este tema complejo e intrincado.

III) Avanzar en el diseño de una instancia de consulta con el conjunto de actores involucrados, tendientes a crear un Consejo Consultivo sobre Políticas en Drogas, con entidades de la sociedad civil, de Organizaciones No Gubernamentales, representantes de la Universidad, de organizaciones sociales, sindicales y empresariales sensibilizadas sobre la temática, y de aquellos organismos públicos directamente vinculados al tema, es una instancia de relevancia para la definición de una Política Nacional de Drogas.

IV) En virtud de la emergencia específica en materia de drogas pautada por nuevos patrones de consumo (ej. pasta base) y de la alarma social derivadas de las problemáticas emergentes, formar los grupos de trabajo necesarios para abordar la prevención, tratamiento y reinserción social de los usuarios.

V) La lucha frontal contra el narcotráfico integra una prioridad nacional. Procurando disminuir sustancialmente el consumo de sustancias, mediante una acción interinstitucional multimodal, que compromete a varias agencias gubernamentales y que ya están actuando al respecto. Ante la emergencia del consumo de pasta base y sus consecuencias, se ha visto la necesidad de coordinar acciones en forma inmediata a los efectos de atacar en forma drástica y contundente su ingreso y distribución.

VI) Avanzar en el diseño de dispositivos gubernamentales, no gubernamentales y comunitarios que actúen como redes de apoyo comunitario y actúen a mediano y largo plazo con el abordaje concomitante sobre las causas y factores coadyuvantes del uso, abuso y adicciones tanto de drogas legales como ilegales.

VII) Continuar con los Estudios e Investigaciones de la Prevalencia del Uso de Drogas y tendencias del consumo, su regionalización, y su segmentación etarea. Abordando la temática de la percepción social del uso, tendencias y riesgo y su relación con los datos de Prevalencia.

VIII) Los Ministerios integrantes de la Junta Nacional de Drogas, tendrán una participación activa facilitando y enviando a la Secretaría Nacional de Drogas, los Informes requeridos, al Banco de Datos y al Observatorio, para la elaboración y el cumplimiento de los estudios e informes solicitados a nivel nacional e internacional en materia de drogas.

IX) La Secretaría Nacional de Drogas, organizará los grupos de trabajo con los ministerios, para que se continúen y se articulen nuevas iniciativas técnicas de los proyectos que cada Ministerio ejecutará conjuntamente con la Secretaría.

X) Será competencia de la Junta Nacional de Drogas la divulgación de información veraz y confiable sobre Uso, tendencias y Riesgos.

XI) La Junta Nacional de Drogas deberá coordinar las acciones y los proyectos de Orientación y Educación continua a nivel educativo, comunitario, laboral, de medios de comunicación, formación de agentes gubernamentales de actuación directa, personal de salud, entre otros. (Ej. personal de salud, educadores, policías, prevencionistas, trabajadores sociales.)

XII) Se realizará un relevamiento de los centros de atención y tratamiento para instrumentar acciones posibles sobre la población intoxicada.

XIII) El control y la fiscalización sobre el lavado de activos, como delito conexo al narcotráfico forma parte de las medidas tendientes a la reducción de la oferta e integra junto al punto anterior un mismo movimiento.

XIV) Se subrayan las implicancias en el plano geopolítico y de relaciones internacionales por su dominancia regional y mundial. Uruguay tiene firmados compromisos internacionales a los que ha adherido sobre el tema y las Convenciones y Conferencias (OEA-CICAD, ONU, UNODOC – Oficina contra la droga y el crimen) Convención de Nueva York 61 y Tratado de Viena de 1988. Asimismo se plantea realizar un intercambio entre los países del MERCOSUR, tendiente a elaborar estrategias humanistas, progresistas en los diversos niveles del problema.

XV) Se mantendrá un continuo diálogo con los actores y se establecerá un debate político, entre los legisladores, la academia y en los organismos específicos para reglamentar, regular, desregular, intensificar, codificar o no en materia de drogas.

XVI) Se establecerá a través de la Presidencia de la República y la Junta Nacional de Drogas una política comunicacional referida al tema.

 

Otros si

a) La Junta Nacional de Drogas, el Ministerio del Interior, el Ministerio de Salud Pública, el Ministerio de Educación y Cultura, el Ministerio de Relaciones Exteriores, el Ministerio de Economía y Finanzas, el Ministerio de Defensa, el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y el Ministerio de Desarrollo Social, continuara reuniéndose en forma regular y periódica para un accionar coordinado y pautando los lineamientos generales de la política pública en materia de drogas.

b) La Secretaría Nacional de Drogas será la encargada de hacer cumplir las directivas relacionadas con la fijación de la política nacional en materia de drogas, dirigida a la prevención y el consumo problemático y tratamiento de la adicción a las drogas y precursores químicos, lavado de dinero y delitos conexos, la que será ejecutada por los organismos con atribuciones específicas.

c) La Secretaría Nacional de Drogas atenderá en el sentido de promover, motivar, impulsar, ejecutar, supervisar y evaluar los aspectos técnicos de los proyectos a desarrollarse en forma conjunta con las instituciones involucradas en cada proyecto, con el objeto de conseguir la correcta realización de los mismas y la consecución de los objetivos de estas medidas

 

En Montevideo, a los quince días del mes de abril del año dos mil cinco, firman de conformidad el Acta:

Lic. Jorge Vázquez
Prosecretario de la Presidencia de la República
Presidente de la Junta Nacional de Drogas;

Lic. Milton Romani Gerner
Secretario General de la Secretaría Nacional de Drogas
Junta Nacional de Drogas

Dr. Juan Faroppa
Subsecretario del Ministerio del Interior

Dr. Miguel Fernández Galeano
Subsecretario del Ministerio de Salud Pública

Prof. Belela Herrera
Subsecretaria del Ministerio de Relaciones Exteriores

Dr. Felipe Michelini
Subsecretario del Ministerio de Educación y Cultura

Ec. Mario Bergara
Subsecretario del Ministerio de Economía y Finanzas

Dr. José A. Bayardi
Subsecretario del Ministerio de Defensa

Prof. Ana Olivera
Subsecretaria del Ministerio de Desarrollo Social

Dr. Jorge Bruni
Subsecretario del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social

     Volver
 

www.infodrogas.gub.uy