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ACTA N° 001/2005
RESOLUCIONES DE LA REUNIÓN DE LA JUNTA NACIONAL DE DROGAS
Articulación e Instrumentación
de las Políticas Públicas en Materia de Drogas
Junta Nacional de Drogas
Secretaría Nacional de Drogas
Ministerio del Interior
Ministerio de Salud Pública
Ministerio de Relaciones Exteriores
Ministerio de Educación y Cultura
Ministerio de Economía y Finanzas
Ministerio de Defensa Nacional
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
Ministerio de Desarrollo Social
Montevideo, 15 de Abril de 2005
Sala de Ministros – Edificio Libertad
ACTA N° 001/2005
En Montevideo, a los quince días del mes de
abril del año dos mil cinco, se reúnen los integrantes de la
Junta Nacional de Drogas, en la Sala de Ministros del Edificio
Libertad.
Asisten a la reunión la Junta Nacional de
Drogas, con domicilio en el Edificio Libertad, Av. Luis
Alberto de Herrera 3350 piso 7, representada por el Prosecretario
de la Presidencia de la República, Lic. Jorge Vázquez; el Ministerio
del Interior, con domicilio en Mercedes 993, representado por
el Sr. Subsecretario, Dr. Juan Faroppa; el Ministerio de Salud
Pública, con domicilio en Av. 18 de Julio 1892, representado
por el Sr. Subsecretario, Dr. Miguel Fernández Galeano; el Ministerio
de Relaciones Exteriores, con domicilio en Colonia 1206,
representado por la Sra. Subsecretaria, Prof. Belela Herrera; el Ministerio
de Educación y Cultura, con domicilio en Reconquista 535,
representado por el Sr. Subsecretario, Dr. Felipe Michelini; el Ministerio
de Economía y Finanzas, con domicilio en Colonia 1089 piso 3,
representado por el Sr. Subsecretario, Ec. Mario Bergara; el Ministerio
de Defensa, con domicilio en Av. 8 de Octubre 2628,
representado por el Sr. Subsecretario, Dr. José A. Bayardi; el Ministerio
de Desarrollo Social, con domicilio en Uruguay 948,
representado por la Subsecretaria Prof. Ana Olivera y el Ministerio
de Trabajo y Seguridad Social, con domicilio en Juncal 1511,
representado por el Sr. Subsecretario, Dr. Jorge Bruni.
Visto
I) En los Considerados del Decreto No.
170/000, de 7 de junio de 2000 se expresa la necesidad de
coordinar en forma eficiente los esfuerzos que el país lleva
adelante en la lucha contra el consumo problemático de Drogas,
tanto a través del Estado como desde la sociedad civil, lo cual
requiere de la formulación de una política pública de Estado.
II) El Art. 3º. Del Decreto 463/998 de 13 de
julio de 1988, en la redacción dada por el Art. 2º. Del
Decreto No. 170/000, de 7 de junio de 2000, establece que son
competencias de la Junta Nacional de Drogas, entre otras:
a) La instrumentación de las directivas
relacionadas con la fijación de la política nacional en
materia de drogas, dirigida a la prevención del consumo
problemático y tratamiento de la adicción a las drogas y a
la represión del tráfico de drogas y precursores químicos,
lavado de dinero y delitos conexos, la que será ejecutada por
los organismos con atribuciones específicas en las
respectivas materias, de acuerdo a las disposiciones legales y
reglamentarias;
b) La supervisión y evaluación de la
ejecución de los planes y programas que se establezcan de
conformidad a las políticas referidas en el literal
precedente;
Considerando
I) Que en ese marco, se considera
indispensable que los ministerios que integran la Junta Nacional
de Drogas, formulen estrategias comunes consensuadas para la
articulación e instrumentación de las políticas públicas en
materia de drogas.
II) Que se establezca una coordinación de
acciones para la prevención del consumo problemático y
tratamiento de la adicción a las drogas y a la represión del
tráfico de drogas y precursores químicos, lavado de dinero y
delitos conexos.
III) Que las acciones que se establezcan en
este sentido, señalan la necesidad de "Coordinación y
concentración entre la sociedad civil y los gobiernos
nacionales y departamentales", ya que ninguna estrategia
puede ser efectiva si no se desarrolla a nivel nacional, con la
mayor cobertura geográfica del país. Por tal motivo se le
otorga un rol fundamental a la estrategia de descentralización,
motivando a la ejecución de las acciones directas en los
Departamentos, bajo la directiva de la Junta Nacional de Drogas.
IV) Que las acciones inmediatas se articularan
con el Plan de Emergencia Social y del Plan de Emergencia de la
Salud, atendiendo las demandas comunitarias que se registran,
tomando medidas que impliquen contención, prevención unida a
una acción de promoción de salud que refuerce las redes ya
existentes y se extiendan a partir de un trabajo conjunto de los
organismos públicos, comunitarios, no gubernamentales y
universitarios en interacción con la comunidad.
LOS INTEGRANTES DE LA JUNTA NACIONAL DE DROGAS
ACUERDAN POR UNANIMIDAD:
I) Las acciones de la JND constituyen una acción
integral de las políticas sociales, y se enmarcan en la
estrategia política contra la exclusión social, al rescate de
los sectores sociales más vulnerables, desplegando todas las
herramientas para promocionar una convivencia donde tengan la
oportunidad de ser sujetos de derecho, ciudadanos libres y autónomos,
capaces de participar activamente en la vida de esta sociedad. Las
acciones estarán enmarcadas en el respeto de los derechos humanos
y las responsabilidades indeclinables del Estado.
II) En el plano de acción inmediato el énfasis
fundamental estará puesto en la prevención y acción en y desde
el ámbito comunitario, privilegiando el primer nivel de atención,
teniendo en cuenta, que ya hay líneas en desarrollo para este
tema complejo e intrincado.
III) Avanzar en el diseño de una instancia de
consulta con el conjunto de actores involucrados, tendientes a
crear un Consejo Consultivo sobre Políticas en Drogas, con
entidades de la sociedad civil, de Organizaciones No
Gubernamentales, representantes de la Universidad, de
organizaciones sociales, sindicales y empresariales sensibilizadas
sobre la temática, y de aquellos organismos públicos
directamente vinculados al tema, es una instancia de relevancia
para la definición de una Política Nacional de Drogas.
IV) En virtud de la emergencia específica en
materia de drogas pautada por nuevos patrones de consumo (ej.
pasta base) y de la alarma social derivadas de las problemáticas
emergentes, formar los grupos de trabajo necesarios para
abordar la prevención, tratamiento y reinserción social de los
usuarios.
V) La lucha frontal contra el narcotráfico
integra una prioridad nacional. Procurando disminuir
sustancialmente el consumo de sustancias, mediante una acción
interinstitucional multimodal, que compromete a varias agencias
gubernamentales y que ya están actuando al respecto. Ante la
emergencia del consumo de pasta base y sus consecuencias, se ha
visto la necesidad de coordinar acciones en forma inmediata a los
efectos de atacar en forma drástica y contundente su ingreso y
distribución.
VI) Avanzar en el diseño de dispositivos
gubernamentales, no gubernamentales y comunitarios que actúen
como redes de apoyo comunitario y actúen a mediano y largo plazo
con el abordaje concomitante sobre las causas y factores
coadyuvantes del uso, abuso y adicciones tanto de drogas legales
como ilegales.
VII) Continuar con los Estudios e
Investigaciones de la Prevalencia del Uso de Drogas y tendencias
del consumo, su regionalización, y su segmentación etarea.
Abordando la temática de la percepción social del uso,
tendencias y riesgo y su relación con los datos de Prevalencia.
VIII) Los Ministerios integrantes de la Junta
Nacional de Drogas, tendrán una participación activa facilitando
y enviando a la Secretaría Nacional de Drogas, los Informes
requeridos, al Banco de Datos y al Observatorio, para la elaboración
y el cumplimiento de los estudios e informes solicitados a nivel
nacional e internacional en materia de drogas.
IX) La Secretaría Nacional de Drogas,
organizará los grupos de trabajo con los ministerios, para que se
continúen y se articulen nuevas iniciativas técnicas de los
proyectos que cada Ministerio ejecutará conjuntamente con la
Secretaría.
X) Será competencia de la Junta Nacional de
Drogas la divulgación de información veraz y confiable sobre
Uso, tendencias y Riesgos.
XI) La Junta Nacional de Drogas deberá
coordinar las acciones y los proyectos de Orientación y Educación
continua a nivel educativo, comunitario, laboral, de medios de
comunicación, formación de agentes gubernamentales de actuación
directa, personal de salud, entre otros. (Ej. personal de salud,
educadores, policías, prevencionistas, trabajadores sociales.)
XII) Se realizará un relevamiento de los
centros de atención y tratamiento para instrumentar acciones
posibles sobre la población intoxicada.
XIII) El control y la fiscalización sobre el
lavado de activos, como delito conexo al narcotráfico forma parte
de las medidas tendientes a la reducción de la oferta e integra
junto al punto anterior un mismo movimiento.
XIV) Se subrayan las implicancias en el plano
geopolítico y de relaciones internacionales por su dominancia
regional y mundial. Uruguay tiene firmados compromisos
internacionales a los que ha adherido sobre el tema y las
Convenciones y Conferencias (OEA-CICAD, ONU, UNODOC – Oficina
contra la droga y el crimen) Convención de Nueva York 61 y
Tratado de Viena de 1988. Asimismo se plantea realizar un
intercambio entre los países del MERCOSUR, tendiente a elaborar
estrategias humanistas, progresistas en los diversos niveles del
problema.
XV) Se mantendrá un continuo diálogo con los
actores y se establecerá un debate político, entre los
legisladores, la academia y en los organismos específicos para
reglamentar, regular, desregular, intensificar, codificar o no en
materia de drogas.
XVI) Se establecerá a través de la Presidencia
de la República y la Junta Nacional de Drogas una política
comunicacional referida al tema.
Otros si
a) La Junta Nacional de Drogas, el Ministerio
del Interior, el Ministerio de Salud Pública, el Ministerio de
Educación y Cultura, el Ministerio de Relaciones Exteriores, el
Ministerio de Economía y Finanzas, el Ministerio de Defensa, el
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y el Ministerio de
Desarrollo Social, continuara reuniéndose en forma regular y periódica
para un accionar coordinado y pautando los lineamientos generales
de la política pública en materia de drogas.
b) La Secretaría Nacional de Drogas será la
encargada de hacer cumplir las directivas relacionadas con la
fijación de la política nacional en materia de drogas, dirigida
a la prevención y el consumo problemático y tratamiento de la
adicción a las drogas y precursores químicos, lavado de dinero y
delitos conexos, la que será ejecutada por los organismos con
atribuciones específicas.
c) La Secretaría Nacional de Drogas atenderá
en el sentido de promover, motivar, impulsar, ejecutar, supervisar
y evaluar los aspectos técnicos de los proyectos a desarrollarse
en forma conjunta con las instituciones involucradas en cada
proyecto, con el objeto de conseguir la correcta realización de
los mismas y la consecución de los objetivos de estas medidas
En Montevideo, a los quince días del mes de
abril del año dos mil cinco, firman de conformidad el Acta:
Lic. Jorge Vázquez
Prosecretario de la Presidencia de la República
Presidente de la Junta Nacional de Drogas;
Lic. Milton Romani Gerner
Secretario General de la Secretaría Nacional de Drogas
Junta Nacional de Drogas
Dr. Juan Faroppa
Subsecretario del Ministerio del Interior
Dr. Miguel Fernández Galeano
Subsecretario del Ministerio de Salud Pública
Prof. Belela Herrera
Subsecretaria del Ministerio de Relaciones Exteriores
Dr. Felipe Michelini
Subsecretario del Ministerio de Educación y Cultura
Ec. Mario Bergara
Subsecretario del Ministerio de Economía y Finanzas
Dr. José A. Bayardi
Subsecretario del Ministerio de Defensa
Prof. Ana Olivera
Subsecretaria del Ministerio de Desarrollo Social
Dr. Jorge Bruni
Subsecretario del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social |