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ACTA N° 002/2005
RESOLUCIONES
Articulación e Instrumentación
de las Políticas Públicas en Materia de Drogas
Junta Nacional de Drogas
Secretaría Nacional de Drogas
Ministerio del Interior
Ministerio de Salud Pública
Ministerio de Relaciones Exteriores
Ministerio de Educación y Cultura
Ministerio de Economía y Finanzas
Ministerio de Defensa Nacional
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
Ministerio de Desarrollo Social
Montevideo, 03 de Mayo de 2005
Sala de Ministros – Edificio Libertad
ACTA N° 002/2005
En Montevideo, a los tres días del mes de mayo
del año dos mil cinco, se reúnen los integrantes de la Junta
Nacional de Drogas, en la Sala de Ministros del Edificio Libertad.
Asisten a la reunión la Junta Nacional de
Drogas, con domicilio en el Edificio Libertad, Av. Luis
Alberto de Herrera 3350 piso 7, representada por el Prosecretario
de la Presidencia de la República, Lic. Jorge Vázquez; el Ministerio
del Interior, con domicilio en Mercedes 993, representado por
el Sr. Subsecretario, Dr. Juan Faroppa; el Ministerio de Salud
Pública, con domicilio en Av. 18 de Julio 1892, representado
por el Sr. Subsecretario, Dr. Miguel Fernández Galeano; el Ministerio
de Relaciones Exteriores, con domicilio en Colonia 1206,
representado por la Sra. Subsecretaria, Prof. Belela Herrera; el Ministerio
de Educación y Cultura, con domicilio en Reconquista 535,
representado por el Sr. Subsecretario, Dr. Felipe Michelini; el Ministerio
de Economía y Finanzas, con domicilio en Colonia 1089 piso 3,
representado por el Sr. Subsecretario, Ec. Mario Bergara; el Ministerio
de Defensa Nacional, con domicilio en Av. 8 de Octubre 2628,
representado por el Sr. Subsecretario, Dr. José A. Bayardi; el Ministerio
de Desarrollo Social, con domicilio en Uruguay 948,
representado por la Subsecretaria Prof. Ana Olivera y el Ministerio
de Trabajo y Seguridad Social, con domicilio en Juncal 1511,
representado por el Sr. Subsecretario, Dr. Jorge Bruni.
Visto
I) En los Considerados del Decreto No.
170/000, de 7 de junio de 2000 se expresa la necesidad de
coordinar en forma eficiente los esfuerzos que el país lleva
adelante en la lucha contra el consumo problemático de Drogas,
tanto a través del Estado como desde la sociedad civil, lo cual
requiere de la formulación de una política pública de Estado.
II) El Art. 3º. del Decreto 463/998 de 13 de
julio de 1988, en la redacción dada por el Art. 2º. Del
Decreto No. 170/000, de 7 de junio de 2000, establece que son
competencias de la Junta Nacional de Drogas, entre otras:
a) La instrumentación de las directivas
relacionadas con la fijación de la política nacional en
materia de drogas, dirigida a la prevención del consumo
problemático y tratamiento de la adicción a las drogas y a
la represión del tráfico de drogas y precursores químicos,
lavado de dinero y delitos conexos, la que será ejecutada por
los organismos con atribuciones específicas en las
respectivas materias, de acuerdo a las disposiciones legales y
reglamentarias;
b) La supervisión y evaluación de la
ejecución de los planes y programas que se establezcan de
conformidad a las políticas referidas en el literal
precedente;
Considerando
I) Que en ese marco, se considera
indispensable que los ministerios que integran la Junta Nacional
de Drogas, formulen estrategias comunes consensuadas para la
articulación e instrumentación de las políticas públicas en
materia de drogas.
II) Que se establezca una coordinación de
acciones para la prevención del consumo problemático y
tratamiento de la adicción a las drogas y a la represión del
tráfico de drogas y precursores químicos, lavado de dinero y
delitos conexos.
III) Que las acciones que se establezcan en
este sentido, señalan la necesidad de "Coordinación y
concentración entre la sociedad civil y los gobiernos
nacionales y departamentales", ya que ninguna estrategia
puede ser efectiva si no se desarrolla a nivel nacional, con la
mayor cobertura geográfica del país. Por tal motivo se le
otorga un rol fundamental a la estrategia de descentralización,
motivando a la ejecución de las acciones directas en los
Departamentos, bajo la directiva de la Junta Nacional de Drogas.
IV) Que las acciones inmediatas se
articularan con el Plan de Emergencia Social y del Plan de
Emergencia de la Salud, atendiendo las demandas comunitarias que
se registran, tomando medidas que impliquen contención,
prevención unida a una acción de promoción de salud que
refuerce las redes ya existentes y se extiendan a partir de un
trabajo conjunto de los organismos públicos, comunitarios, no
gubernamentales y universitarios en interacción con la
comunidad.
LOS INTEGRANTES DE LA JUNTA NACIONAL DE DROGAS
ACUERDAN POR UNANIMIDAD:
I) En virtud de la emergencia específica en
materia de drogas pautada por nuevos patrones de consumo (ej.
pasta base) y de la alarma social derivada de las problemáticas
emergentes,
el plano de acción inmediata el énfasis
fundamental estará puesto en la implementación de la Red Pública
de Asistencia para consumidores problemáticos de Drogas.
II) Se fortalecerán las acciones del
control de la Oferta , contra el narcotráfico, procurando
disminuir sustancialmente el consumo de la pasta base y demás
drogas, mediante una acción interinstitucional multimodal, que
compromete a varias agencias gubernamentales y que ya están
actuando al respecto. La coordinación en este terreno es
fundamental para la eficiencia y los logros necesarios.
III) Se apoya continuar con las acciones
propuestas por la Secretaría Nacional de Drogas.
IV) Se establecerá a través de la Presidencia
de la República y la Junta Nacional de Drogas una política
comunicacional referida al tema.
Otros si
a) La Junta Nacional de Drogas, el Ministerio
del Interior, el Ministerio de Salud Pública, el Ministerio de
Educación y Cultura, el Ministerio de Relaciones Exteriores, el
Ministerio de Economía y Finanzas, el Ministerio de Defensa
Nacional, el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y el
Ministerio de Desarrollo Social, continuarán reuniéndose en
forma mensual para un accionar coordinado y pautando los
lineamientos generales de la política pública en materia de
drogas.
b) La Secretaría Nacional de Drogas será la
encargada de hacer cumplir las directivas relacionadas con la
fijación de la política nacional en materia de drogas, dirigida
a la prevención y el consumo problemático y tratamiento de la
adicción a las drogas y precursores químicos, lavado de dinero y
delitos conexos, la que será ejecutada por los organismos con
atribuciones específicas.
c) La Secretaría Nacional de Drogas atenderá
en el sentido de promover, motivar, impulsar, ejecutar, supervisar
y evaluar los aspectos técnicos de los proyectos a desarrollarse
en forma conjunta con las instituciones involucradas en cada
proyecto, con el objeto de conseguir la correcta realización de
los mismas y la consecución de los objetivos de estas medidas
En Montevideo, a los tres días del mes de mayo
del año dos mil cinco, firman de conformidad el Acta:
Lic. Jorge Vázquez
Prosecretario de la Presidencia de la República
Presidente de la Junta Nacional de Drogas;
Lic. Milton Romani Gerner
Secretario General de la Secretaría Nacional de Drogas
Junta Nacional de Drogas
Dr. Juan Faroppa
Subsecretario del Ministerio del Interior
Dr. Miguel Fernández Galeano
Subsecretario del Ministerio de Salud Pública
Prof. Belela Herrera
Subsecretaria del Ministerio de Relaciones Exteriores
Dr. Felipe Michelini
Subsecretario del Ministerio de Educación y Cultura
Ec. Mario Bergara
Subsecretario del Ministerio de Economía y Finanzas
Dr. José A. Bayardi
Subsecretario del Ministerio de Defensa
Prof. Ana Olivera
Subsecretaria del Ministerio de Desarrollo Social
Dr. Jorge Bruni
Subsecretario del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social |