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"Convenio de Cooperación para la
Implementación de Estrategias Comunes en Materia de Prevención
del Uso Problemático de Drogas"
Junta Nacional de Drogas
Ministerio del Interior
Ministerio de Salud Pública
ANEP - CODICEN
Montevideo, 19 de noviembre de 2001
CONVENIO
En Montevideo, a los diecinueve días del mes de noviembre de
dos mil uno, entre:
POR
UNA PARTE: el Ministerio del Interior, con domicilio en Mercedes
993, representado por el Sr. Ministro Escribano Guillermo Stirling
;
POR
OTRA PARTE:, el Ministerio de Salud Pública, con domicilio en 18
de Julio 1892, representado por el Sr. Ministro Doctor Luis
Fraschini;
POR
OTRA PARTE: la Junta Nacional de Drogas, con domicilio en el
Edificio Libertad- Av. Luis A. De Herrera 3350 piso 7,
representada por el Sr. Prosecretario de la Presidencia de la República
Dr. Leonardo Costa Franco, en calidad de Presidente; y
POR
OTRA PARTE: la
Administración Nacional de Educación Pública, persona jurídica
con Sede en Soriano 1045, representada por el Presidente del
Consejo Directivo Central, Licenciado Javier Bonilla Saus;
CONVIENEN:
PRIMERO
(ANTECEDENTES)
I)
En los Considerandos del Decreto No. 170/000, de 7 de junio de
2000 se expresa la necesidad de coordinar
en forma eficiente los esfuerzos que el País lleva adelante en la
lucha contra el consumo problemático de drogas, tanto a través
del Estado como desde la sociedad civil, lo cual requiere de la
formulación de una política pública de Estado.
II) El Art. 3º.
Del Decreto 463/988 de 13 de julio de 1988, en la redacción dada
por el Art. 2º. Del Decreto No. 170/000, de 7 de junio de 2000,
establece que son competencias de la Junta Nacional de Drogas,
entre otras:
a)
la instrumentación de las directivas relacionadas con la fijación
de la política nacional en materia de drogas, dirigida a la
prevención del
consumo problemático y tratamiento de la adicción a las drogas y
a la represión del tráfico de drogas y precursores químicos,
lavado de dinero y
delitos conexos, la que será ejecutada por los organismos con
atribuciones específicas en las respectivas materias, de acuerdo
a las disposiciones legales y reglamentarias;
b)
la supervisión y evaluación de la ejecución de los planes y
programas que se establezcan de conformidad a las políticas
referidas en el literal precedente;
III)
En ese marco, se considera indispensable formular
estrategias coordinadas tendientes a la prevención del consumo
problemático de drogas en el sistema educativo formal desde un
enfoque multidisciplinario que involucre a los distintos actores
institucionales vinculados a la materia,
articuladas en base a una adecuada sensibilización y
capacitación del
personal involucrado.
IV)
La iniciativa ha sido sometida a la consideración del Consejo
Directivo Central de la Administración Nacional de Educación Pública,
por la Gerencia de Programas Especiales de la Gerencia General de
Planeamiento y Gestión Educativa, con informe favorable
expresando la utilidad de la misma. Por Resolución adoptada en
Acta No. 74 de fecha 15 de noviembre de 2001 el CO.DI.CEN. de la
A.N.E.P. autorizó la celebración del presente convenio marco.
SEGUNDO
(OBJETO): La coordinación de acciones a los efectos de formular
estrategias comunes consensuadas para la prevención y atención
de problemáticas vinculadas al uso de drogas en el ámbito de la
Enseñanza Media, mediante la realización de programas de
sensibilización y capacitación del personal docente y no docente
de los centros educativos dependientes del Consejo de Educación
Secundaria y del Consejo de Educación Técnico Profesional
(U.T.U.), y la extensión de dichos programas a los estudiantes de
los Institutos de Formación Docente y Centros Regionales de
Profesores.
TERCERO
(PREPARACIÓN): Se
generarán instancias de reflexión y debate en torno a propuestas
concretas que permitan avanzar en el diseño de políticas
institucionales en la temática, con sus respectivas instancias de
evaluación, convocando a los diferentes actores y decisores
involucrados en el quehacer educativo y en la promoción de salud
integral.
Se
consensuarán las estrategias, con la participación de
representantes de la Junta Nacional de Drogas, Ministerio del
Interior, Ministerio de Salud Pública,
Área de Salud y Asistencia de la Gerencia de Programas
Especiales del CO.DI.CEN., Consejo de Educación Secundaria,
Consejo de Educación Técnico Profesional, Dirección Ejecutiva
de Formación y Capacitación Docente y Secretaría de Capacitación
y Perfeccionamiento Docente (CERP).
CUARTO
(EJECUCIÓN): La Junta Nacional de Drogas, el Ministerio del
Interior, el Ministerio de Salud Pública y la Dirección del Área
de Salud y Asistencia de la Gerencia de Programas Especiales, en
forma coordinada, brindarán a los centros docentes dependientes
del Consejo de Educación Secundaria, del Consejo de Educación Técnico
Profesional (U.T.U.), de la Dirección Nacional de Formación
Docente y de la Secretaría de Capacitación, a requerimiento de
los mismos, capacitación y asistencia técnica necesarias para el
abordaje de las problemáticas vinculadas al uso de drogas en su
ámbito y, en caso de considerarse pertinente, charlas
informativas a alumnos, padres y docentes por parte de personal
capacitado por la Junta Nacional de Drogas.
El Ministerio del Interior pondrá a disposición de los
centros docentes la línea telefónica 0800 5000 (Servicio de
Gestión de Calidad) a efectos de que alumnos, padres, docentes y
funcionarios puedan realizar las consultas que estimen
pertinentes, las que serán atendidas por operadores del
Ministerio, que contarán con la asistencia técnica brindada por
la Junta Nacional de Drogas.
QUINTO
(Plazo, renovación automática, renuncia unilateral): A) El
presente convenio entrará en vigencia desde la fecha del
otorgamiento, comprendiendo el año lectivo 2002. B) La vigencia
de este convenio se renovará automáticamente para los años
lectivos subsiguientes, pudiendo cualquiera de las partes
retirarse del mismo en forma unilateral, debiendo comunicar su
decisión a las demás con un plazo no inferior a treinta días,
sin responsabilidad de su parte. Lo expuesto, sin perjuicio de la
facultad del CO.DI.CEN. de la A.N.E.P. de ejercer las facultades
de avocación, coordinación y contralor que la normativa le
atribuye en su carácter de Órgano Rector de la Educación Pública.
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Dr. Luis Fraschini
Ministro de Salud Pública
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Esc. Guillermo Stirling
Ministro del Interior |
Lic. Javier Bonilla
Presidente de ANEP-CODICEN |
Dr. Leonardo Costa Franco
Prosecretario de la Presidencia
Presidente de la Junta Nacional de Drogas |
Prof. Jorge Carbonell
Director General del Consejo de Educación Secundaria |
Mtra. Fanny Arón
Directora General del Consejo de Educación Técnico
Profesional |
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