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convenios  

"Convenio de Cooperación para la Implementación de Estrategias Comunes en Materia de Prevención del Uso Problemático de Drogas"

Junta Nacional de Drogas
Ministerio del Interior
Ministerio de Salud Pública
ANEP - CODICEN

Montevideo, 19 de noviembre de 2001


CONVENIO

En Montevideo, a los diecinueve días del mes de noviembre de dos mil uno, entre:

POR UNA PARTE: el Ministerio del Interior, con domicilio en Mercedes 993, representado por el Sr. Ministro Escribano Guillermo Stirling ;

POR OTRA PARTE:, el Ministerio de Salud Pública, con domicilio en 18 de Julio 1892, representado por el Sr. Ministro Doctor Luis Fraschini;

POR OTRA PARTE: la Junta Nacional de Drogas, con domicilio en el Edificio Libertad- Av. Luis A. De Herrera 3350 piso 7, representada por el Sr. Prosecretario de la Presidencia de la República Dr. Leonardo Costa Franco, en calidad de Presidente; y

POR OTRA PARTE:  la Administración Nacional de Educación Pública, persona jurídica con Sede en Soriano 1045, representada por el Presidente del Consejo Directivo Central, Licenciado Javier Bonilla Saus;


CONVIENEN:

PRIMERO (ANTECEDENTES)

I) En los Considerandos del Decreto No. 170/000, de 7 de junio de 2000 se expresa la necesidad de coordinar en forma eficiente los esfuerzos que el País lleva adelante en la lucha contra el consumo problemático de drogas, tanto a través del Estado como desde la sociedad civil, lo cual requiere de la formulación de una política pública de Estado.

II)  El Art. 3º. Del Decreto 463/988 de 13 de julio de 1988, en la redacción dada por el Art. 2º. Del Decreto No. 170/000, de 7 de junio de 2000, establece que son competencias de la Junta Nacional de Drogas, entre otras:

a) la instrumentación de las directivas relacionadas con la fijación de la política nacional en materia de drogas, dirigida a la prevención del consumo problemático y tratamiento de la adicción a las drogas y a la represión del tráfico de drogas y precursores químicos, lavado de dinero y delitos conexos, la que será ejecutada por los organismos con atribuciones específicas en las respectivas materias, de acuerdo a las disposiciones legales y reglamentarias;

b) la supervisión y evaluación de la ejecución de los planes y programas que se establezcan de conformidad a las políticas referidas en el literal precedente;

III)  En ese marco, se considera indispensable formular estrategias coordinadas tendientes a la prevención del consumo problemático de drogas en el sistema educativo formal desde un enfoque multidisciplinario que involucre a los distintos actores institucionales vinculados a la materia,  articuladas en base a una adecuada sensibilización y capacitación  del personal involucrado.

IV) La iniciativa ha sido sometida a la consideración del Consejo Directivo Central de la Administración Nacional de Educación Pública, por la Gerencia de Programas Especiales de la Gerencia General de Planeamiento y Gestión Educativa, con informe favorable expresando la utilidad de la misma. Por Resolución adoptada en Acta No. 74 de fecha 15 de noviembre de 2001 el CO.DI.CEN. de la A.N.E.P. autorizó la celebración del presente convenio marco.

SEGUNDO (OBJETO): La coordinación de acciones a los efectos de formular estrategias comunes consensuadas para la prevención y atención de problemáticas vinculadas al uso de drogas en el ámbito de la Enseñanza Media, mediante la realización de programas de sensibilización y capacitación del personal docente y no docente de los centros educativos dependientes del Consejo de Educación Secundaria y del Consejo de Educación Técnico Profesional (U.T.U.), y la extensión de dichos programas a los estudiantes de los Institutos de Formación Docente y Centros Regionales de Profesores.

TERCERO (PREPARACIÓN):  Se generarán instancias de reflexión y debate en torno a propuestas concretas que permitan avanzar en el diseño de políticas institucionales en la temática, con sus respectivas instancias de evaluación, convocando a los diferentes actores y decisores involucrados en el quehacer educativo y en la promoción de salud integral.

Se consensuarán las estrategias, con la participación de representantes de la Junta Nacional de Drogas, Ministerio del Interior, Ministerio de Salud Pública,  Área de Salud y Asistencia de la Gerencia de Programas Especiales del CO.DI.CEN., Consejo de Educación Secundaria, Consejo de Educación Técnico Profesional, Dirección Ejecutiva de Formación y Capacitación Docente y Secretaría de Capacitación y Perfeccionamiento Docente (CERP).

CUARTO (EJECUCIÓN): La Junta Nacional de Drogas, el Ministerio del Interior, el Ministerio de Salud Pública y la Dirección del Área de Salud y Asistencia de la Gerencia de Programas Especiales, en forma coordinada, brindarán a los centros docentes dependientes del Consejo de Educación Secundaria, del Consejo de Educación Técnico Profesional (U.T.U.), de la Dirección Nacional de Formación Docente y de la Secretaría de Capacitación, a requerimiento de los mismos, capacitación y asistencia técnica necesarias para el abordaje de las problemáticas vinculadas al uso de drogas en su ámbito y, en caso de considerarse pertinente, charlas informativas a alumnos, padres y docentes por parte de personal capacitado por la Junta Nacional de Drogas.

El Ministerio del Interior pondrá a disposición de los centros docentes la línea telefónica 0800 5000 (Servicio de Gestión de Calidad) a efectos de que alumnos, padres, docentes y funcionarios puedan realizar las consultas que estimen pertinentes, las que serán atendidas por operadores del Ministerio, que contarán con la asistencia técnica brindada por la Junta Nacional de Drogas.

QUINTO (Plazo, renovación automática, renuncia unilateral): A) El presente convenio entrará en vigencia desde la fecha del otorgamiento, comprendiendo el año lectivo 2002. B) La vigencia de este convenio se renovará automáticamente para los años lectivos subsiguientes, pudiendo cualquiera de las partes retirarse del mismo en forma unilateral, debiendo comunicar su decisión a las demás con un plazo no inferior a treinta días, sin responsabilidad de su parte. Lo expuesto, sin perjuicio de la facultad del CO.DI.CEN. de la A.N.E.P. de ejercer las facultades de avocación, coordinación y contralor que la normativa le atribuye en su carácter de Órgano Rector de la Educación Pública.


Dr. Luis Fraschini
Ministro de Salud Pública


Esc. Guillermo Stirling
Ministro del Interior

Lic. Javier Bonilla
Presidente de ANEP-CODICEN

Dr. Leonardo Costa Franco
Prosecretario de la Presidencia
Presidente de la Junta Nacional de Drogas

Prof. Jorge Carbonell
Director General del Consejo de Educación Secundaria

Mtra. Fanny Arón
Directora General del Consejo de Educación Técnico Profesional
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