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2004/OCT/07  - Semanario Búsqueda

Fuente: www.mipais.com.uy

Ley contra lavado de activos y corrupción sorprendió a la Corte

Escribe Raúl Ronzoni 

Una ley impulsada por el Poder Ejecutivo y sancionada por el Parlamento hace tres semanas creó nuevos delitos para combatir el lavado de activos, la financiación del terrorismo y la corrupción en general, pero la iniciativa causó "sorpresa" en la Suprema Corte de Justicia (SCJ) porque esa corporación no fue consultada previamente, especialmente con respecto a la eventual transformación de juzgados penales en sedes especializadas para juzgar ese tipo de delitos. 

El Poder Ejecutivo dijo que esa ley busca prevenir y combatir el lavado de activos y la financiación del terrorismo mediante un "control global" para evitar que los distintos sectores de la economía mundial sean utilizados con esa finalidad. 

Señaló que con ese objetivo en Uruguay se han aprobado diversas leyes que marcaron avances, pero "aún subsisten carencias que limitan el funcionamiento efectivo" del "sistema antilavado". 

Por esa razón, propuso ampliar tipificaciones delictivas e incorporar delitos de tipo económico "que puedan generar importantes ganancias ilícitas susceptibles de ser blanqueadas". 

Para "alcanzar los estándares internacionales", el Poder Ejecutivo impulsó transformar juzgados y fiscalías penales convirtiéndolos en especializados para el tratamiento de estos casos y de la corrupción en general. "Tal como están organizadas las oficinas en este momento (...) se hace muy difícil trabajar y dedicarle el mayor tiempo que estas causas requieren", argumentó. 

La ley fue aprobada por unanimidad en el Senado el 14 de setiembre, recibiendo sanción definitiva. El Poder Ejecutivo ya la promulgó y esta semana comenzará a reglamentar su aplicación. 

Pero la aprobación de la ley tomó por sorpresa a los cinco ministros de la Suprema Corte de Justicia. "La Corte no fue consultada sobre el proyecto o durante la discusión parlamentaria, lo que nos sorprendió. Hubiera sido importante que el Poder Legislativo y el Poder Ejecutivo conocieran la opinión de la Corte", indicó el ministro Daniel Gutiérrez. 

Agregó que la SCJ "no tiene claro si lo que se necesita para este tipo de fenómeno es la creación de juzgados especializados o dotar de recursos técnicos y económicos a los actuales para que pueden desarrollar mejor su trabajo". 

Gutiérrez recordó que hace algún tiempo el Centro de Estudios Judiciales (Ceju), dependiente de la SCJ, y la Junta Nacional de Drogas firmaron un convenio para organizar cursos a propósito del tema a diversos jueces. 

El ministro dijo que ahora la SCJ pedirá informes estadísticos sobre el volumen de los delitos vinculados al lavado de activos lo que se hará "sin prisa alguna" pero "con toda la dedicación" que requiere el tema. 


Terrorismo. La ley declaró "de naturaleza terrorista" los delitos que se ejecutaren para "causar la muerte o lesiones corporales graves" a los civiles o a quienes no participen directamente en una situación de conflicto armado, "cuando el propósito de dicho acto, puesto de manifiesto por su naturaleza o su contexto, sea intimidar a una población u obligar a un gobierno o a una organización internacional a realizar un acto o a abstenerse de hacerlo". En función de esa declaración de "naturaleza terrorista" las penas de los delitos que provoquen esas acciones se elevarán en dos tercios en su mínimo y en su máximo. 

Además, amplió las sanciones por lavado de dinero a un mínimo de dos años de prisión y un máximo de 15. La sanción actual es de 20 meses de mínima y 10 años de máxima. 

La ley prevé castigar con tres a 18 años de penitenciaría a quienes organicen, directa o indirectamente, provean o recolecten fondos con la intención de que se utilicen, o a sabiendas de que serán utilizados, en todo o en parte, "para financiar las actividades delictivas" que tengan "naturaleza terrorista", aun cuando esas actividades no se lleven a cabo en Uruguay. 

Las instituciones de intermediación financiera deberán informar a la Unidad de Información y Análisis Financiero del Banco Central del Uruguay sobre la existencia de bienes vinculados con personas que hayan sido identificadas como terroristas en las listas de las Naciones Unidas o en resoluciones judiciales firmes, uruguayas o extranjeras. 

La ley autorizó al Poder Ejecutivo y a la Suprema Corte de Justicia a transfor1 mar juzgados penales y fiscalías penales en sedes especializadas para juzgar "los delitos previstos" en la nueva ley, en la ley de estupefacientes (N° 14.294 modificada por la N° 17.016) y en la ley anticorrupción (N° 17.060).

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