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 2004/SET/04 - El País

PARLAMENTO | PERMITE CONGELAR ADMINISTRATIVAMENTE FONDOS EN CASOS DE QUE HAYA SOSPECHAS DE ACTIVIDADES ILEGALES
Acuerdo político respalda ley más severa contra el 'lavado' de dinero. 
Iniciativa, que tratará el Senado con respaldo unánime, equipara la legislación local en la materia a la de Suiza. 

Una ley que fortalece el sistema legal anti lavado de activos, en particular en lo referido a dinero vinculado con actividades terroristas, cobra fuerza en el Senado gracias a un acuerdo político alcanzado por todos los partidos para su sanción. La misma es de iniciativa del Poder Ejecutivo y el jueves 2 resultó aprobada por unanimidad por la comisión de Hacienda del Senado, que el martes 7 la someterá a consideración del plenario para sortear así su trámite en la primera Cámara. 

Este proyecto de ley, respaldado por un informe que el presidente de la Junta Nacional de la Droga (JND), Leonardo Costa, brindó esta semana en el Parlamento, establece diversas normas que se incorporan a la legislación vigente. 

En uno de sus capítulos más significativos, permite a la Suprema Corte de Justicia (SCJ) crear juzgados especializados en materia de lavados, drogas y otros delitos conexos. 

En cuanto a sus características, la iniciativa señala la obligación de entregar información por parte de los sujetos regulados por el Banco Central del Uruguay (BCU); también exonera de responsabilidad a quien reporta la información sobre la existencia de un presunto lavado de activos financieros. 

El proyecto de ley asimismo aumenta la nómina de sujetos obligados a entregar información, amplía el número de delitos que preceden al lavado de activos incorporándole acciones como corrupción y estafa; modifica artículos del Código Penal volviendo no excarcelable el delito de lavado de activos, y dispone el aumento de las potestades que actualmente tiene la Unidad de Análisis Financiero. 

FONDOS CONGELADOS. Asimismo, en una disposición valorada por el propio Costa durante su reunión del jueves con la comisión de Hacienda del Senado como de fundamental importancia, se permite con esta ley congelar administrativamente, y por un lapso de 72 horas, los fondos en casos de sospechas de lavado de activos, con posterior comunicación al juez. 

La Unidad de Análisis Financiero queda habilitada en esta iniciativa a intercambiar información con similares organismos de otros países, aunque bajo dos condiciones: primero, que se asegure la confidencialidad del intercambio y segundo, que quien recibe la información quede también amparado en el secreto bancario. 

"Esto significa que el jerarca que maneja la información no la podrá emplear judicialmente a posteriori, a menos que haya un juez que específicamente lo habilite", explicó el propio Costa a El País. Este nuevo elemento significa una ligera modificación de las normas sobre el secreto bancario en el mismo sentido que la legislación de países como Suiza y Luxemburgo, dijo. 

Este proyecto pone al día la legislación sobre lavado de activos sin necesidad de modificaciones posteriores a las normas vigentes.

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