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2008/NOV/19 -
En cuatro meses será 0,3 g/l
Gobierno redujo de 0,8 a 0,5 g/l el nivel de
alcohol en sangre permitido para conductores
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Ver Decreto
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Mediante un Decreto, el Poder Ejecutivo dispuso que a partir
del 17 de noviembre de 2008, la concentración de alcohol en sangre
o su equivalente en términos de espirometría permitida para
conductores de cualquier vehículo que se desplace por la vía
pública (excepto los previstos en el Art. 47 de la Ley 18.191) es
de 0,5 gramos (cinco decigramos) por litro de sangre. Desde el 16
de marzo de 2009, la cifra se reducirá a 0,3 (tres decigramos) por
litro de sangre. |